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INFORMACIÓN INSTITUCIONAL

¿Cómo está compuesto el Honorable Concejo Deliberante ?

Está formado por concejales. La cantidad de concejales está dictado por la ley orgánica de las municipalidades que tiene jurisdicciòn en todos los municipios de la Provincia de Buenos Aires.

Avellaneda tiene el máximo de concejales permitido por esta ley, que son 24, este cálculo se basa en la cantidad de habitantes del municipio.

¿Cuáles son las funciones de un concejal?

Un concejal es una persona elegida por el pueblo para defender los derechos de los vecinos, procurándoles mayores servicios con el propósito de mejorar su calidad de vida, elevando al Departamento Ejecutivo proyectos y propuestas para que éste los haga cumplir.
Se preocupa por obras, servicios, cultura y educación. El Honorable Concejo Deliberante de Avellaneda está formado por 24 concejales, organizados en distintas comisiones para desarrollar un trabajo fecundo y coherente.

Un concejal generalmente surge de la acción vecinalista o de instituciones donde se destaca por su sensibilidad social, primera condición para ejercer una concejalía.

Además se requiere:

  • Honestidad probada
  • Capacidad de diálogo
  • Creatividad para encontrar soluciones a los problemas que se les plantea
  • Conocimiento de los canales aptos para peticionar o derivar asuntos y capacidad para operar su seguimiento.
  • Fortaleza para llevar adelante las empresas que se propone
  • Convicción sobre la importancia de su rol para alcanzar objetivos comunitarios.

¿Qué requisitos exige la ley para acceder a una concejalía?

La edad mínima es de 22 años, con dos de residencia en el ámbito municipal. Los extranjeros también pueden ser concejales, pero tienen que ser mayores de 25 años y contar con una residencia de al menos 4 años. Además, debe ser elector del municipio, es decir constar en el padrón electoral y poseer cédula de identidad o pasaporte legalizado. (Ley Orgánica de las Municipalidades - Capítulo I Art. 10º)

¿Cómo funciona el Concejo Deliberante?

Los concejales se convocan a través de sesiones, además de las reuniones de comisión que cada una de ésta propone.

El HCD está dividido en comisiones integradas por cinco concejales cada una, que analizan por temáticas los expedientes ingresados.

¿Qué es una sesión?

Es una reunión de concejales conducida por uno de ellos electo como presidente durante la cual se tratan asuntos de incumbencia del Concejo, de acuerdo con un Orden del Día, votándose las decisiones.

¿Cómo se clasifican las sesiones?

Las sesiones pueden ser:

Ordinarias: Son las sesiones que se llevan a cabo durante los meses de marzo a junio y de agosto a diciembre. Se denomina "período ordinario" al lapso que transcurre de marzo a diciembre de cada año.

Extraordinarias: Son las sesiones que se convocan fuera del calendario de sesiones ordinarias, ya sea por propia iniciativa o solicitadas por el Departamento Ejecutivo.

Preparatorias : Son las que se desarrollan cuando se renuevan parcialmente los concejales.

¿Son públicas las sesiones del Concejo?

Sí, las sesiones son de público acceso.

¿Qué significa "Quórum"?

Es el número mínimo de concejales requeridos para la toma de decisiones. Para formar el quórum legal es necesaria la presencia de la mitad más uno de los concejales.

¿Qué es el Diario de Sesiones?

La oficina de taquigrafía del Concejo tiene la misión de transcribir todo lo que se dice en las sesiones: debates, nómina de todos los asuntos que tienen entrada al cuerpo mediante expedientes, la trascripción de los proyectos con los nombres de los respectivos autores, etc.

Las versiones taquigráficas, una vez visadas por los distintos bloques, son aprobadas y firmadas por el Presidente y el Secretario del Concejo. De este modo, se constituyen en Actas de las Sesiones del Cuerpo.

El Diario de Sesiones es, por lo tanto, una recopilación de todas las actas aprobadas en las sesiones del Concejo Deliberante.

¿Dónde se reúnen los concejales para celebrar sus reuniones?

En una sala especialmente equipada para tal fin, denominada "Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante".

¿Puede sesionar el Concejo fuera de la sala de sesiones?

No, salvo que sea invitado por alguna institución y que la convocatoria sea aprobada por mayoría.

Decreto sancionado el 24/01/1984: Cuando las circunstancias lo requieran, el cuerpo puede reunirse en las localidades del Partido

¿Cómo elevan sus proyectos y pedidos los concejales?

Los proyectos y pedidos toman distintas formas:

  • Ordenanzas (Reglamento interno - Art. 55º)
  • Resoluciones (Reglamento interno - Art. 57º)
  • Decretos (Reglamento interno - Art. 56º)
  • Minutas de Comunicación (Reglamento interno - Art. 58º)

¿Qué es una Ordenanza?

Es un dictamen destinado a legislar o dictar disposiciones de carácter permanente o a reformar, abolir o suspender otra ordenanza o regla general.

¿Qué es una Resolución?

Es una proposición que tiene por objeto exponer la opinión del Concejo sobre cualquier asunto de carácter público.

¿Qué es un Decreto?

Es una decisión que niega o rechaza solicitudes particulares, proyectos, etc., o tiende a adoptar medidas relacionadas con la organización interna del Concejo.

¿Qué es una Minuta de Comunicación?

Es un informe destinado a recomendar, requerir información o exponer algo al Departamento Ejecutivo.